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Rector Rond贸n: Decreto constituyente parece tener vicios de inconstitucionalidad


El rector principal del Consejo Nacional Electoral (CNE), Luis Emilio Rond贸n, revel贸 este jueves que, en una revisi贸n preliminar que hizo al Decreto que convoca a una Asamblea Nacional Constituyente, el documento podr铆a presentar "vicios de inconstitucionalidad".

El funcionario explic贸 que en primera instancia observ贸 dos puntos que van contra los principios establecidos en la Constituci贸n vigente: la universalidad del voto y sobre la titularidad de la iniciativa constituyente.

"El articulo 5 de la Constituyente aclara que la soberan铆a reside intr铆nsecamente en el pueblo, y no podemos hablar de un sector, un grupo, de un gremio, sino de todo el pa铆s, de todos los electores inscritos, por lo tanto todos tienen la responsabilidad de pronunciarse", recalc贸 el rector Rond贸n.

En este sentido, el representante del CNE record贸 que en el art铆culo 63 de la Constituci贸n se establecen las caracter铆sticas del voto en Venezuela, que incluye "que sea libre, directo, universal y secreto, que en el caso de la universalidad ratifica que este no puede ser parcelado por grupos de la sociedad. No hay segmentaci贸n que coincida con el principio de la universalidad".

El rector Rond贸n subray贸 que, a diferencia de la Constituci贸n previa a 1999, en la Carta Magna vigente se establecen los aspectos y pasos a cumplir para convocar a una Asamblea Nacional Constituyente.

"En el art铆culo 347 se establece que el titular de la iniciativa es el pueblo, cuando dice que el poder originario reside en el pueblo. En el articulo 348, habla de la iniciativa a la Asamblea Constituyente, que es para la petici贸n, que en este caso debe pasar por la consulta del pueblo y luego es que se definen los aspectos a la elecci贸n", aclar贸 Luis Emilio Rond贸n en una entrevista radiof贸nica.

Por ello, el Rector principal del CNE reiter贸 que "en el primer paso, en la primera revisi贸n del Decreto, vemos que el Presidente convoca a la Asamblea, y no, 茅l no convoca, sino que tiene la iniciativa de llamar al proceso".

Sin embargo, el Rector se帽al贸 que el Consejo puede modificar alguno de los aspectos presentes en la solicitud, pero solo se har谩 hasta tanto se analice el Decreto de forma oficial y los cinco rectores se pronuncien.
Elecciones regionales y municipales

Con respecto al retraso que existe en la convocatoria a las elecciones regionales y municipales, el rector Luis Emilio Rond贸n apunt贸 que la convocatoria a Constituyente a煤n no se ha materializado, por lo que el CNE debe mantener lo procesos ya en marcha.

Por este motivo, el funcionario cuestion贸 la pertinencia en la propuesta entregada por el presidente Nicol谩s Maduro. ¿Ser谩 que en definitiva los venezolanos necesitamos un nuevo texto constitucional o solo es necesario respetar el ya existente y ponerlo a disposici贸n de todos los venezolanos?
Rond贸n sentenci贸 que "debemos convocar de forma inmediata las elecciones regionales y municipales (...) el CNE est谩 en la obligaci贸n de adelantar estos procesos comiciales y ante la situaci贸n en el pa铆s, el paso adelante es abrir la v谩lvula de la participaci贸n ciudadana".

Adem谩s, el proceso de renovaci贸n de partidos, a juicio del funcionario, es un proceso administrativo que no debe retrasar ninguno de los otros procedimientos que lleva a cabo el CNE.

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