El presidente de la Reública, Nicolás Maduro violó siete artículos de la Constitución Nacional tras aprobar el presupuesto 2017 mediante una sentencia emitida por el Tribunal Supremo de Justicia, (TSJ).
El Nacional explica que el abogado José Vicente Haro, puntualizó “que estos son el 187 (numeral 6), 311, 312, 313, 314 y 315, que se refieren a las competencias del Parlamento para la discusión y aprobación del proyecto de ley de presupuesto y el 203, según el cual el mandatario solo puede firmar decretos leyes dentro de los poderes habilitantes que deben ser aprobados por el Parlamento. También violó los artículos 58, 59 y 60 de la Ley contra la Corrupción, correspondiente a los delitos contra el patrimonio público”.
El mandatario señaló en que el Poder Legislativo está en desacato y descalificó sus acciones: “En nueve meses, 25 sesiones fueron suspendidas por falta de quorum” y calificó de vagos a los diputados del bloque opositor