El m谩ximo tribunal decidi贸 “no admitir la demanda en la que se solicit贸 declarar inconstitucional el art铆culo 11 del C贸digo de Familia (CF), el cual regula que el matrimonio es la uni贸n legal de un hombre y una mujer”, por considerar, seg煤n el demandante, que dicha disposici贸n “vulnera” seis art铆culos de la Constituci贸n de la Rep煤blica, precis贸 en un comunicado el ente de justicia.
El art铆culo 11 del CF consigna que “el matrimonio es la uni贸n legal de un hombre y una mujer, con el fin de establecer una plena y permanente comunidad de vida”.
‘Discriminatorio’ y ‘excluyente’
El demandante que solicit贸 la inconstitucionalidad argument贸 que el contenido del art铆culo 11 era “discriminatorio para personas lesbianas, gays, transexuales y bisexuales (comunidad LGBT)” porque su redacci贸n es “excluyente para este grupo minoritario”. Adem谩s, permite “un trato diferenciado en relaci贸n con la poblaci贸n heterosexual, puesto que a la comunidad LGBT se le restringe su participaci贸n en la instituci贸n jur铆dica del matrimonio”, precis贸 el comunicado.
La sala tambi茅n se帽al贸 que en la demanda de inconstitucionalidad no se formul贸 una “argumentaci贸n suficiente de contraste” entre el art铆culo 11 del C贸digo de Familia y las disposiciones constitucionales supuestamente vulneradas.
Por estas “deficiencias argumentativas”, la demanda fue rechazada mediante una “resoluci贸n de improcedencia”.
ElTocuyoAlDia
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