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Sala Constitucional autoriza a Diosdado aprobar lo que quiera en sesiones extraordinarias



La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), dictaminó este martes que la actual Asamblea Nacional podrá celebrar sesiones extraordinarias para seguir legislando, aprobando créditos adicionales, designando funcionarios y cualquiera otra de las funciones que la Constitución le confiere, pues “está en pleno ejercicio de sus potestades”.

La sentencia 1.758 fue publicada la tarde de este martes luego que el presidente saliente de la Asamblea Nacional, Diosdado Cabello (PSUV/Monagas), introdujera el pasado 16 de diciembre un recurso de interpretación del artículo 220 de la Constitución nacional.

El parlamentario señaló en el texto que cual buscaba aclarar si podía convocar plenarias extraordinarias y si en las mismas los actuales diputados podían ejercer todas sus competencias, pese a que su período no sólo está por culminar sino que sus sucesores ya fueron electos.

El fallo con ponencia conjunta de los siete magistrados aclara que el actual Parlamento “no se encuentra impedido constitucionalmente para convocar sesiones extraordinarias”. Asimismo, les aseguró que podían debatir cualquier materia previa aprobación de la mayoría absoluta de los parlamentarios.