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Súmate introduce Amparo Constitucional en el TSJ pidiendo celebración inmediata de elecciones

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La organización Súmate introdujo el pasado 20 de diciembre un Amparo Constitucional ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), pidiendo la convocatoria y celebración inmediata de las elecciones de Gobernadores y Legisladores de los Consejos Legislativos Estadales.

Súmate asegura que los rectores del Consejo Nacional Electoral (CNE) incumplen los artículos 160 y 162 de la Constitución, los cuales obligan a realizar elecciones cada cuatro años para Gobernadores y Legisladores de los Consejos Legislativos.

La Asociación Civil alega que los rectores también violan los derechos a elegir y ser elegido, como el de participar libremente en los asuntos públicos, consagrados en los artículos 5, 6, 39, 62, 63, 70 y 293 de la Carta Magna.

En este Amparo Constitucional, Súmate indica que por el hecho de no haber realizado las elecciones regionales en diciembre de 2016, el CNE igualmente desacata el cumplimiento del artículo 4 de la Ley de Regularización de los Períodos Constitucionales y Legales de los Poderes Públicos Estadales y Municipales, que exige que no se altere la uniformidad de los períodos constitucionales.

Después de haber agotado las vías administrativas, con el envío de numerosas cartas a los rectores del CNE, Súmate alega que decidió acudir a la Sala Constitucional, “con un recurso extraordinario para alcanzar una tutela judicial efectiva, expedita y sin dilaciones indebidas, tal como lo establece el artículo 26 de la Constitución“.

Aunque reconoce que el pasado 10 de enero de este año (después de 21 días continuos), la Sala Constitucional dio entrada a este Amparo Constitucional designando como ponente a la Magistrado Gladys Gutiérrez, no lo hizo de acuerdo con lo previsto en el artículo 99 de la Ley Orgánica del TSJ que estipula que el Presidente de la Sala debe designar un Magistrado ponente dentro de los tres días hábiles siguientes a la entrada al asunto, además de que las ponencias deben ser asignadas en estricto orden de entrada.